La AEAT proporciona a los ciudadanos varios servicios destinado a ayudarle en la labor de cumplimentar la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Uno de estos servicios es el Borrador de la Declaración de la Renta.
La definición más correcta para este documento sería: "es una propuesta de Declaración de Renta, desarrollada por la propia Agencia Tributaria, a partir de los datos personales y económicos del contribuyente, disponibles en una fecha concreta".
Este Borrador de la Declaración, con los datos fiscales incluidos, se hace llegar a los ciudadanos que se encuentren dentro de lo requerido en el artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (contribuyentes correspondientes con el “perfil borrador”).
Los contribuyentes que no se corresponden con el “perfil borrador” reciben de la AEAT los datos fiscales. En este documento se reúnen todos los datos relevantes a nivel fiscal, disponibles a una determinada fecha, y que se emplearán para la Declaración de Renta de ese año.
Es obligación de cada ciudadano que haya recibido el Borrador de la Declaración, comprobar si los datos personales y económicos que aparecen en el mismo se ajustan a la realidad. Si tras el cotejo el contribuyente no observa errores u omisiones, tendrá la opción de confirmar directamente el Borrador, convirtiéndose automáticamente en su Declaración de la Renta de ese ejercicio. En caso de que el contribuyente vea que el borrador es inexacto en algún punto o se detecte algún error en los datos, puede realizar directamente modificaciones sobre el Borrador, vía Internet o por teléfono.
Los ciudadanos que no tengan obligación de presentar la declaración, pero que tengan derecho a devolución, pueden emplear su borrador para solicitarla.
En caso de que la AEAT tenga la seguridad de que un Borrador debe ser modificado, puede enviar un "Borrador pendiente de modificar", que puede ser o no confirmable, previamente a su modificación.
Cuando se modifica un borrador, la Agencia Tributaria proporcionará al contribuyente un nuevo borrador.
Hay que tener siempre en cuenta que los datos fiscales y cálculos del Borrador siempre se generan a partir de la información que la AEAT dispone de cada ciudadano en una fecha determinada, así que puede haber inexactitudes o datos no actualizados. Es imprescindible, por lo tanto, que el contribuyente revise bien el Borrador.