Impuesto Sucesiones Declaración RentaEl Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el que se encarga de establecer la fiscalidad de las herencias y donaciones o entregas de bienes físicos o dinero entre padres e hijos. Este impuesto es directo tiene un carácter progresivo.

Al fallecimiento de una persona, se generan varios impuestos sobre la herencia que deja a sus familiares. Además, hay que abonar a Hacienda otros impuestos derivados de la transmisión o donación de dinero o bienes de padres a hijos (a partir de ciertas cantidades). Ambos hechos jurídicos tributan bajo el llamado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que se regula por la Ley 29/1987, de 23 de diciembre. Es un impuesto directo, que tiene carácter personal y establece un gravamen sobre el aumento patrimonial que generan los bienes muebles o inmuebles recibidos a partir de una herencia o donación.

¿Qué grava este Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Renta?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se basa en tres supuestos como hechos jurídicos imponibles. Dicho de otra forma, habrá que abonar este impuesto en los siguientes casos:

  • La obtención de bienes (muebles o inmuebles) u otros derechos por transmisión hereditaria (herencia) o legado.
  • Los bienes y derechos por donación u otros negocios jurídicos a título gratuito o en vida (donación en vida).
  • Los beneficios conseguidos a partir de seguros de vida, cuando el contratante sea otra persona diferente del beneficiario, excepto los supuestos regulados en el artículo 16.2, a) de la Ley de IRPF.

 


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