- Debes ser ciudadano extracomunitario (de fuera de la Unión Europea). Tampoco puede solicitar el permiso si es familiar de ciudadanos comunitarios.
- No tener antecedentes penales.
- No tener prohibida la entrada a territorio Español.
- Realizar el pago de la tasa correspondiente al tramite de permiso de trabajo y autorización de residencia temporal.
- Acreditar alguno de los siguientes supuestos:
- Demostrar que su relación laboral origen de su permiso el cual quiere renovar sigue vigente.
- Acreditar actividad laboral de almenos 6 meses por año, estar en alta y disponer de un nuevo contrato.
- Acreditar actividad laboral de almenos 3 meses por año siempre que:
- La actividad laboral se interrumpió por causas ajenas.
- El trabajador ha tratado de forma activa de encontrar empleo.
- Disponer actualmente de un contrato laboral en vigor.
- Estar en posesión de una prestación por desempleo.
- Estar percibiendo una prestación económica asistencial con el fin de promover su inserción laboral o social.
- Haber terminado su relación laboral por motivos de violencia de género.
- Haber estado trabajando y en alta en la seguridad social durante 9 meses en el periodo de un año o de 18 meses en el periodo de 2 años siempre que:
- El último contrato laboral se haya interrumpido por causas ajenas al trabajador.
- El trabajador ha tratado de forma activa de encontrar empleo.
- La pareja de hecho del trabajador debe disponer lo necesario económicamente para reagrupar al trabajador.
- Si la familia consta de dos miembros la cantidad mínima que se debe acreditar es de 799 Euros. Por cada miembro a partir de dos deberá sumar 266 Euros.