Si eres extranjero residente en España puedes solicitar el procedimiento de reagrupación familiar si cumples los siguientes requisitos:
- Debes llevar residiendo en España almenos un año
- Obtener el permiso de residencia para un año más
- Demostrar que tienes alojamiento para tu familia
- Demostrar que tienes medios para mantener tus gastos y los de tu familia
¿Qué familiares puedo reagrupar?
- Cónyuge: Si no estáis separados
- Hijos: Tanto tus hijos como los de tu cónyuge, siempre y cuando sean menores de 18 años o discapacitados y no estén casados.
¿Como puedo solicitar la reagrupación familiar?
Para solicitar la reagrupación familiar debes presentarte en tu oficina de Extranjería más cercana.
¿De que documentos consta la solicitud de reagrupación familiar?
Debes presentar una solicitud por cada familiar. Una vez admitida cada familiar debe solicitar su visado en su país de origen.
Una vez en tu oficina de Extranjería más cercana, deberás llevar contigo los siguientes documentos para solicitar la residencia temporal por reagrupación familiar:
Para que tus familiares puedan obtener su visado necesitarán tener concedida la reagrupación familiar. Para poder solicitar sus respectivos visados necesitaran esta autorización. Esta quedará en estado "suspenso" hasta que se hayan expedido los visados y tus familiares entren en España.
- Documentos acreditativos de los requisitos anteriormente citados. Libro de familia, certificados de nacimiento en el caso de tus hijos o certificado de matrimonio en el caso de tu cónyuge.
- Pasaporte y una fotocopia del mismo.
- Fotocopia de la primera autorización de residencia o trabajo y la siguiente renovada o en su defecto el resguardo de la solicitud de renovación.
- Documentación que acredite tu situación económica para valorar si puedes mantener los gastos tuyos y los de tu/s familiar/es.
- Contrato de alquiler o título de tu propiedad.
- Documento firmado en declaración de no convivencia con otro cónyuge.