El Número de Identificación de Extranjeros, o NIE, es expedido de oficio, es decir automáticamente, por la Dirección General de la Policía a cualquier extranjero al que se le inicie un expediente de tipo administrativo. También puede solicitarlo el propio ciudadano/a siempre que acredite el motivo de su petición.
- Si usted ya está en España: preséntese personalmente en la Delegación de Extranjería o en la Comisaría de Policía de su lugar de residencia.
- Si se encuentra todavía en su país de origen, puede solicitar su Número de Identificación en las Misiones Diplomáticas o el Consulado Español.
Para estar en derecho de solicitar el Número de Identificación de Extranjeros, el demandante debe tener una situación regular en nuestro país.
A su ingreso en España, bien como turista o en posesión de un visado, el ciudadano extranjero se encuentra en situación regular de estancia. El Tiempo de Situación de Estancia dependerá: como turista, un máximo de 90 días y con visado el tiempo de vigencia del mismo. Antes que acabe su estancia solicite el NIE con la justificación los motivos de su solicitud, después no podrá hacerlo hasta regularizar su situación.