Para solicitar la expedición del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) será obligatoria la presencia física de la persona interesada, además de abonar la tasa legalmente prevista en la legislación vigente y la presentación de los documentos listados a continuación:
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil de la localidad de la persona. Únicamente serán admitidos los certificados emitidos con una antelación máxima de hasta 6 meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del DNI y con la mención expresa de que se expide a los únicos efectos de obtener este documento.
- Fotografía reciente del ciudadano en color, de tamaño 32 por 26 milímetros. Debe tener un fondo uniforme blanco y liso. Debe estar tomada de frente con la cabeza del solicitante totalmente descubierta, sin gafas de cristales oscuros u otras prendas que pudieran impedir o dificultar la identificación del solicitante.
- Certificación o volante de empadronamiento del ayuntamiento donde viva el solicitante, emitido con una antelación máxima de 3 meses previos a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe).
- En el caso de tratarse de españoles residentes en un país extranjero, estos deben acreditar su domicilio mediante certificado de la representación diplomática donde se hallen inscritos, (expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad Electrónico, el DNIe).
- Si el titular del DNI Electrónico es menor de 14 años o tiene alguna incapacidad, se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o una persona apoderada por estas últimas.